Sobre la Reforma de la Administración Local

Artículo publicado en el Diario Información el 09/01/14:

Mucho se ha dicho sobre la Reforma de la Administración Local que se ha aprobado recientemente en el Congreso de los Diputados. La izquierda, que se ha posicionado en contra de esta ley como todo lo que impulsa el PP, desinforma con los argumentos que utiliza, puesto que con verdades a medias, no demuestra lo que dice.

Que si se van a privatizar servicios públicos, que se van a aumentar el coste de los mismos ó que si se eliminan competencias de ayuntamientos. Son las principales ideas de la izquierda que se desmontan sencillamente a quien lea la ley. Ejemplos de gobiernos de izquierdas que privatizan los tenemos en toda España. Si se privatiza, tiene que ser porque la iniciativa privada cumple con la calidad exigida a ese servicio y lo presta de una forma más barata que el sistema público. La privatización de un servicio público no tiene por qué ser mala. El objetivo de este artículo es poder clarificar a quien no se la quiera leer, las principales novedades que establece.

Esta ley se enmarca dentro del plan de reformas de las Administraciones Públicas que promueve el Gobierno de Mariano Rajoy con el objetivo de clarificar las competencias municipales, racionalizar la estructura de Ayuntamientos para que no gasten más de lo que ingresen y favorecer unos servicios públicos eficientes.

La reforma establece cuales son los servicios mínimos que un Ayuntamiento debe prestar dependiendo de su número de habitantes, dejando siempre la puerta abierta a ofrecer más servicios públicos, siempre que económicamente se lo pueda permitir. Esto es importante puesto que los proveedores no pueden ser los bancos de las Administraciones Públicas. Éste Gobierno pasará a la historia por haber pagado todas las facturas en los cajones de Ayuntamientos, Comunidades Autónomas y el Estado.

Para los Ayuntamientos que son ineficientes, se promueve la fusión de municipios con el objetivo de que puedan dar un mejor servicio a los ciudadanos. Esta fusión, que es voluntaria, está premiada  con una mayor financiación del Estado y se prioriza en la obtención de subvenciones y acceso a planes de obras durante cinco años.

También, la ley regula a las entidades dependientes de la Administración Local como mancomunidades, asociaciones, empresas públicas o consorcios, donde les obliga a medidas de transparencia y de fiscalización. Se les exige, si están en una situación deficitaria, su saneamiento y si no, su disolución.

Otra medida de transparencia será la de que los Ayuntamientos deberán informar al Ministerio del coste de cada uno de los servicios públicos que ofrece. De esta forma, la opinión pública podrá conocer el coste real de servicios de Ayuntamientos, viendo quién es más y menos eficiente. En el caso de un Ayuntamiento sea ineficiente, está endeudado, y la Diputación es capaz de ofrecer el mismo servicio a un menor coste para el ciudadano, ese servicio se gestionará desde la Diputación, siempre con el visto bueno del Ayuntamiento.

Esta ley le da un nuevo papel de árbitro a las Diputaciones. Estas Administraciones, ayuntamiento de ayuntamientos, son las que más trato diario tienen con los Ayuntamientos y por lo tanto, tienen más información de ellos. Con la tradicional asistencia económico, financiera y jurídica ó la recaudación tributaria, se pretende que la Diputación tutele las cuentas de los Ayuntamientos que estén endeudados y que se traslade el exitoso modelo de Suma Gestión Tributaria a otros servicios públicos como la gestión del agua potable y alcantarillado, la recogida y tratamiento de basuras, la limpieza viaria o el alumbrado eléctrico. Siempre con menores costes que las tasas que pagan en la actualidad los ciudadanos.

La Diputación aumentará el servicio de secretarios-interventores para Ayuntamientos de hasta mil habitantes (hasta ahora era de quinientos habitantes), la recogida y tratamiento de basuras en municipios de hasta cinco mil, los servicios de administración electrónica en municipios de hasta veinte mil así como las centrales de contratación que la Diputación de Alicante ya ha aprobado.

Otra cuestión a destacar es el reordenamiento de las competencias en materia de educación, de sanidad y servicios sociales que los Ayuntamientos históricamente han prestado. Se clarifica, que en materia educativa el Ayuntamiento colaborará en la obtención de solares para nuevos centros docentes así como en la conservación, mantenimiento y vigilancia de los mismos en educación infantil, primaria o especial. Estos servicios son los que históricamente han prestado los municipios pero a veces han tenido que asumir costes correspondientes a las Comunidades Autónomas y que éstas, a partir de ahora, tendrán que hacerse cargo y pagar a los Ayuntamientos. Si las Comunidades Autónomas no pagan a los Ayuntamientos, el Ministerio se lo retendrá de su financiación y se lo abonará directamente al Ayuntamiento; cuestión que va a beneficiar a las haciendas locales.

En materia de sanidad, la Comunidad Autónoma tendrá que hacerse cargo de los costes que el Ayuntamiento esté soportando en el mantenimiento de los consultorios médicos. En los servicios sociales, el Ayuntamiento se encargará de la evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social. El resto de actuaciones recaerán en la Comunidad Autónoma que podrá delegar en el Ayuntamiento el servicio al precio de coste estándar que se establezca de esos servicios públicos.

Los sueldos de cargos públicos y asesores también se regulan por primera vez en una legislación, que establece una limitación de sueldos, de concejales con dedicación exclusiva y asesores en función del número de habitantes. De esta forma con esta norma se establecerá un equilibrio que en la actualidad no existía con el límite tanto en las retribuciones económicas como en el número de cargos públicos.

Se podrá destinar el dinero de la venta de suelo público en el pago de deudas que el Ayuntamiento tenga pendientes. Así mismo, en los Ayuntamientos que su gobierno esté en minoría, la oposición no se haya puesto de acuerdo para presentar una moción de censura y bloquee sistemáticamente los presupuestos y planes económicos municipales, la junta de gobierno tendrá competencias para aprobarlos.

El municipio más ideal es aquel que tiene mayores servicios públicos, sus ciudadanos pagan menos impuestos y el Ayuntamiento no está endeudado. Con esta ley se fomentará este tipo de Ayuntamientos para la ciudadanía; Ayuntamientos responsables para sus ciudadanos y que no estén endeudados. Los Ayuntamientos ganarán en financiación y en eficacia. Por lo tanto, concluyo que es una ley valiente que va a modernizar  nuestros Ayuntamientos.

Adrián Ballester Espinosa. Diputado de modernización y asistencia a municipios de la Excelentísima Diputación provincial de Alicante.

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